jueves, 15 de abril de 2010

Mercenarios y contratistas

La decisión del Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo de negarle a Rusia la extradición a Colombia del mercenario israelí Yair Klein generó una amplia polémica. Algunos argumentaron que el Tribunal tenía razón debido a la grave situación de los derechos humanos en Colombia. Otros, encabezados por la Corte Constitucional, plantearon, por el contrario, que esa decisión constituía una afrenta a las víctimas y a la rama judicial, la cual está en capacidad de garantizar los derechos de Klein.

¿Por qué es indispensable seguir insistiendo en la extradición de Klein? Por varias razones. En primer término, uno de los mayores desafíos a los derechos humanos a nivel mundial lo constituye la creciente privatización de la seguridad y la guerra. Una sola empresa, Blackwater (Carolina del Norte), dispone de más de 20.000 soldados y 20 aviones de guerra y hoy por hoy tiene presencia en muchas naciones del mundo. El libro del periodista de The Nation, Jeremy Scahill, Blackwater. El auge del ejército mercenario más poderoso del mundo (Paidós), horroriza.

Estos ejércitos privados actúan con total impunidad, pues escapan a las leyes de las naciones en que actúan e, igualmente, a las normas propias de los ejércitos regulares. Si alguien tiene los nervios en regla le recomiendo que observe un video en Youtube (Contractors blowing the heads off babies!) en el cual dos mercenarios salen a pasear en su vehículo blindado y mientras oyen a Elvis Presley asesinan a diestra y siniestra civiles en Irak. "Solamente para divertirnos un poco", se oye en el video filmado por ellos mismos al inicio de la jornada sangrienta.

Tan solo en Irak se calcula que existen más de 48.000 contratistas que cometen todo tipo de vejaciones sin ningún control. Incluso, el procónsul americano en Irak, Paul Bremer, dictó poco antes de abandonar el país una ordenanza mediante la cual los contratistas civiles escapaban a las leyes de Irak.

En segundo término, así estos ejércitos privados se autodenominen "contratistas" constituyen, de hecho, grupos mercenarios. Según el Protocolo Adicional a los Convenios de Ginebra del 12 de agosto de 1949 relativo a la Protección de las Víctimas de los Conflictos Armados Internacionales (Protocolo I), se entiende por mercenario a toda persona a) que haya sido especialmente reclutada, localmente o en el extranjero, a fin de combatir en un conflicto armado; b) que, de hecho, tome parte directa en las hostilidades; c) que tome parte en las hostilidades animado esencialmente por el deseo de obtener un provecho personal (...); d) que no sea nacional de una parte en conflicto ni residente en un territorio controlado por una parte en conflicto; e) que no sea miembro de las fuerzas armadas de una parte en conflicto; y f) que no haya sido enviada en misión oficial como miembro de sus fuerzas armadas por un Estado que no es parte en conflicto.

En tercer término, debido a que se trata de una industria floreciente que puede afectar a Colombia. Basta observar las revistas especializadas, tales como Le Mercenaire o Soldiers of fortune, las cuales ofrecen distintos servicios (armas, adiestramiento, soldados) para todo tipo de acciones legales e ilegales. ¿Cuántos gobiernos legítimos en África han sido derribados por ejércitos adiestrados por mercenarios franceses, ingleses, australianos o israelíes?

En cuarto término, las víctimas de los grupos paramilitares y la sociedad colombiana tienen derecho a conocer quién contrató a Yair Klein, para qué lo contrataron y a quiénes adiestró. Este testimonio es fundamental para reconstruir una historia manchada de sangre que aún nos avergüenza.

Si Yair Klein es obligado a responder ante la justicia colombiana -que ya lo condenó a una pena de prisión de 10 años y 8 meses-, se enviaría un claro mensaje a la comunidad internacional en torno a una reprobable conducta criminal ante la que, muchas naciones desarrolladas, cierran los ojos hipócritamente.

Por Eduardo Pizarro Leongómez
Catedrático, enSayista y Presidente de la Comisión Nacional de Reparacion y Reconciliaciòn (CNRR) del Conflicto Armado de Colombia.

Tomado de eltiempo.com.co exclusivamente por el carácter de interés general que el artículo puede tener para el público, con propósitos no comerciales ni afines, sino estrictamente ilustrativos sobre una preocupante realidad internacional, y reconociendo los derechos de propiedad de dicha casa editorial.

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